Trámite presencial · Secretaría de Movilidad de Cali

Cambio de Infractor de Fotomultas: documentos para presentar en la Secretaría de Movilidad de Cali

Si te llegó una multa y no eras tú quien conducía, presenta ante la Secretaría de Movilidad de Cali los documentos del cambio de infractor dentro de los 11 días hábiles siguientes a la notificación. De esta forma, la responsabilidad de la fotomulta pasa al conductor real.

Documentos que solicita la Secretaría de Movilidad de Cali: cédula de ciudadanía original y fotocopia del propietario, cédula y licencia de conducción original y vigente del nuevo infractor, y carta de autorización original firmada por el propietario si no puede asistir. Se agenda cita previa por la línea de atención de movilidad.

Esta guía es informativa y está basada en los requisitos que publica la Secretaría de Movilidad de Cali. El trámite se radica de forma presencial ante la entidad.

¿Qué es el cambio de infractor?

El cambio de infractor es el mecanismo oficial mediante el cual el propietario registrado de un vehículo cede la responsabilidad económica y los puntos de una fotomulta al conductor real que cometió la falta.

Este procedimiento aplica principalmente para:

Vehículos familiares o prestados a terceros
Flotas empresariales donde el conductor asignado cometió la infracción
Vehículos de servicio público o transporte compartido
Propietarios que recibieron una fotomulta por velocidad y no estaban al volante

Documentos para presentar en la Secretaría de Movilidad de Cali

La Secretaría de Movilidad de Cali solicita estos documentos al momento de radicar el cambio de infractor:

1

Cédula del propietario

Cédula de ciudadanía original y fotocopia del propietario del vehículo registrado en el comparendo.

2

Documentos del nuevo infractor

Cédula de ciudadanía y licencia de conducción original y vigente del conductor real que asume la infracción. Debe presentarse personalmente.

3

Carta de autorización

Carta de autorización original firmada por el propietario, indicando el número del comparendo y la placa, en caso de que el propietario no pueda asistir a radicar el trámite.

Nota: la Secretaría de Movilidad de Cali solicita agendar cita previa. Esto se hace comunicándose a la línea de atención de movilidad, donde confirman la sede y los documentos vigentes para tu caso.

⚠️ Importante: el cambio de infractor no aplica para comparendos por SOAT vencido ni por revisión técnico-mecánica. En esos casos la ley considera responsable al propietario.

¿Tienes otro trámite? Asesórate con nosotros

Tabla de viabilidad: ¿Qué fotomultas se pueden trasladar?

La Secretaría de Movilidad de Cali valida cada solicitud dentro de los términos legales. No todos los comparendos electrónicos permiten el cambio de infractor.

✓

Exceso de Velocidad

Siempre que el comparendo esté en estado Pendiente y dentro de los plazos legales.

✓

Pasarse Semáforo en Rojo

Aplica identificando al conductor responsable en el momento de la infracción.

✓

Invasión de carril del MIO

Permite ceder la responsabilidad al conductor real que asume el comparendo.

✗

SOAT o Tecnomecánica Vencida

Inviable. La ley colombiana dicta que mantener los documentos al día es responsabilidad solidaria del propietario. Este traslado se rechaza.

Diferencia clave: ¿Cambio de infractor o impugnación?

Es común confundir estos dos términos, pero sus efectos legales son completamente distintos. Usa esta guía para decidir cuál aplica a tu caso:

Cambio de Infractor (Traslado)

  • ✓El comparendo SÍ se va a pagar, pero el propietario traslada la deuda al conductor real
  • ✓No se debate si la multa es justa o injusta
  • ✓Meta: pasar la responsabilidad económica y los puntos a quien manejaba

Impugnación de Comparendo

  • ✓Se busca anular o tumbar la fotomulta ante un inspector
  • ✓Argumenta violaciones al debido proceso, fallas de notificación o falta de calibración de cámara
  • ✓Meta: que el comparendo quede sin efecto y nadie pague la multa

Tanto el cambio de infractor como la impugnación se presentan ante la autoridad de tránsito competente (Secretaría de Movilidad), cada uno con sus propios requisitos y términos legales.

Errores críticos que rechazan el trámite

Muchos propietarios intentan realizar el proceso por su cuenta y terminan perdiendo el derecho a defenderse debido a estos errores comunes:

✗

Dejar vencer los 11 días hábiles

El cambio de infractor solo puede solicitarse durante los primeros 11 días hábiles siguientes a la notificación del comparendo. Si el estado cambia a Sancionado, la Secretaría de Movilidad rechaza el trámite de forma irreversible.

✗

Falta de documentos o del conductor real

Quien asume la infracción debe presentarse personalmente con su cédula y licencia de conducción vigente. Sin su presencia y documentos completos, el propietario no puede trasladar la responsabilidad del comparendo.

💡 Importante: Si el conductor real no quiere asumir la multa, el cambio de infractor no se puede completar. En ese escenario la fotomulta permanece a nombre del propietario y se puede evaluar la impugnación del comparendo ante la autoridad de tránsito.

Preguntas Frecuentes sobre Cambio de Infractor

¿Qué documentos debo presentar para el cambio de infractor en Cali?
La Secretaría de Movilidad de Cali solicita: cédula de ciudadanía original y fotocopia del propietario, cédula y licencia de conducción original y vigente del nuevo infractor, y carta de autorización original firmada por el propietario si este no puede asistir. Se agenda cita previa por la línea de atención de movilidad.
¿Puedo trasladar una fotomulta si el vehículo está a nombre de una empresa?
Sí. El representante legal presenta el certificado de existencia y representación legal, la carta de autorización con membrete o sello de la empresa y los documentos del conductor que asume la infracción.
¿Qué pasa si el conductor real no quiere asumir la infracción?
Para completar el cambio de infractor debe presentarse quien asume la multa con su cédula y licencia de conducción. Si no asume, la fotomulta permanece a nombre del propietario y se evalúa una impugnación del comparendo.
¿Se puede hacer el cambio de infractor para multas de SOAT vencido?
No. Las infracciones por SOAT vencido o revisión técnico-mecánica no admiten cambio de infractor, ya que la ley las considera responsabilidad del propietario del vehículo.
¿Cuánto tiempo tengo para solicitar el cambio de infractor?
El plazo máximo es de 11 días hábiles contados desde la notificación del comparendo. Pasado ese término, el estado cambia a Sancionado y la Secretaría de Movilidad rechaza la solicitud.
¿El cambio de infractor elimina los puntos del comparendo?
No. Los puntos se trasladan junto con la responsabilidad al conductor real que asume la multa. El propietario queda liberado del historial, pero el infractor asume el pago y la afectación en su licencia.
¿Puedo hacer el cambio si ya pagué la multa?
No. Una vez pagado el comparendo, la opción de cambio de infractor se bloquea. Para recuperar el dinero pagado, el propietario debe iniciar un proceso de repetición contra el conductor real por la vía civil ordinaria.
¿El infractor debe presentarse personalmente?
Sí. Las secretarías de movilidad exigen que quien asume el comparendo se presente con su cédula original y licencia de conducción. Si el propietario no puede asistir, debe enviar una carta de autorización original.
¿Necesito agendar una cita previa?
Sí. La Secretaría de Movilidad de Cali solicita cita previa mediante su línea de atención de movilidad, donde además confirman la sede y los documentos vigentes para tu caso.

¿Recibiste una fotomulta en Cali y no estabas conduciendo?

Consulta esta guía y verifica si tu caso cumple los requisitos del cambio de infractor. Recuerda que el trámite se presenta de forma presencial ante la Secretaría de Movilidad de Cali.

¡Hola! ¿Necesitas ayuda? 👋

Chatea con nuestro asistente virtual

Clientes que confían en nosotros
BancolombiaPichinchaBanco PopularFinandinaVehicapitalFundafastRed AutosElite CarsBancolombiaPichinchaBanco PopularFinandinaVehicapitalFundafastRed AutosElite Cars