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Comparendos de tránsito en Bogotá: consulta, pago y defensa sin perder descuentos

Consulta tus comparendos en el SIMIT, aprovecha el descuento del 50% por pronto pago y defiéndete a tiempo cuando la multa es injusta o ya prescribió.

Verificación Previa CIT
  • Consulta en SIMIT por cédula / placaVerificación en Línea
  • Descuento del 50% por pronto pagoAplica en 5 días hábiles
  • Curso pedagógico (25% adicional)Organismo Autorizado
  • Prescripción a los 3 años (Ley 769 Art. 159)Verificación de Fechas
Garantía CIT: auditoría documental previa para evitar devoluciones en la VUS.

Qué es un comparendo y qué implica

Un comparendo es la orden de comparecencia que se impone cuando se comete una infracción de tránsito. En Bogotá lo impone la Secretaría Distrital de Movilidad (SDM) o la Policía de Tránsito, según el caso.

Si no pagas un comparendo, este queda registrado en el SIMIT y puede bloquear trámites como el traspaso de tu vehículo, la obtención de paz y salvos o la renovación de la licencia de conducción.

¿Tienes comparendos sin pagar? Escríbenos

Cómo consultar tus comparendos

La forma oficial de consultar comparendos en Bogotá es el SIMIT (Sistema Integrado de Información sobre Multas y Sanciones por Infracciones de Tránsito), ingresando el número de cédula o la placa del vehículo.

También puedes verificar el estado de los procesos asociados a tu vehículo en el RUNT. Si encuentras un comparendo que no conocías, puede tratarse de una infracción de fotodetección mal notificada o de un proceso que requiere revisión.

Te ayudo a revisar el estado de tu comparendo

Documentos y requisitos para gestionar tus comparendos

Para consultar, pagar con descuento o defender un comparendo en Bogotá necesitas la siguiente información y documentos:

Consulta en el SIMIT

Ingresa tu número de cédula o la placa del vehículo para listar los comparendos registrados y su estado de pago.

Verificación en el RUNT

Confirma que no existan procesos asociados al vehículo ni limitaciones por deudas de tránsito.

Notificación del comparendo

Revisa la fecha y el canal de notificación: define los plazos para el descuento, los recursos y la prescripción.

Pago con descuento (50%)

Dentro de los 5 días hábiles siguientes a la notificación y sin ser reincidente en los 6 meses anteriores.

Curso pedagógico (25% adicional)

Realizado en un organismo de tránsito autorizado para sumar el descuento adicional si todavía aplica.

Recursos y defensa

Escrito de descargos o solicitud de revocatoria dentro de los términos legales cuando el comparendo es injusto.

Descuentos por pronto pago

La ley contempla descuentos por pronto pago que se aplican si cancelas el comparendo dentro de los términos establecidos:

  • 50% de descuento si pagas dentro de los 5 días hábiles siguientes a la notificación.
  • 25% de descuento adicional si realizas un curso pedagógico en un organismo de tránsito autorizado.
  • El descuento del 50% aplica solo si el infractor no es reincidente dentro de los 6 meses anteriores.
¿Cuál es el descuento que te corresponde? Pregúntanos

Pasos del trámite

Este es el recorrido recomendado, del reporte al paz y salvo:

1

Consulta y verificación

Revisión de los comparendos en el SIMIT con cédula o placa, y del estado del vehículo en el RUNT.

2

Análisis de plazos y descuentos

Verificación de la fecha de notificación para determinar el 50% de pronto pago, el 25% del curso y posibles prescripciones.

3

Pago o defensa

Cancelación con el descuento aplicable o radicación de los recursos cuando el comparendo se considera injusto.

4

Verificación de paz y salvo

Confirmación en el SIMIT de que el comparendo quedó pagado o anulado, dejando el vehículo libre para trámites.

Qué hacer si el comparendo es injusto

Si consideras que un comparendo no es procedente, la ley te da la posibilidad de interponer los recursos y solicitar su revisión ante la autoridad de tránsito dentro de los términos establecidos. Esto aplica, por ejemplo, cuando la fotodetección no fue debidamente notificada.

Es importante actuar rápido: los recursos y las solicitudes de revocatoria tienen términos de días hábiles que se vencen. Dejar pasar el tiempo limita las opciones de defensa.

En CIT te ayudamos a armar el escrito de defensa con los soportes correctos y a radicarlo ante la autoridad competente en Bogotá.

¿Tienes un comparendo injusto? Cuéntanos tu caso

Prescripción de comparendos

Según la normativa de tránsito, las sanciones por infracciones de tránsito prescriben a los tres (3) años, contados desde la comisión de la infracción (Ley 769 de 2002, artículo 159, modificado por la Ley 1383 de 2010).

La prescripción se puede interrumpir, por ejemplo, con la notificación del comparendo o con actuaciones del proceso. Si crees que tu comparendo ya prescribió, es clave verificar las fechas exactas y las notificaciones realizadas antes de tomar decisiones de pago.

¿Tu comparendo puede haber prescrito? Revisémoslo

Entidades y organismos que intervienen

Secretaría Distrital de Movilidad (SDM)SIMITRegistro Único Nacional de Tránsito (RUNT)Policía de Tránsito de Bogotá

Preguntas frecuentes

¿Cómo consulto los comparendos de mi cédula en Bogotá?

Ingresa al SIMIT con tu número de cédula o la placa del vehículo. El sistema muestra los comparendos registrados, su estado de pago y los procesos asociados. También puedes verificar el estado del vehículo en el RUNT.

¿Cuánto es el descuento por pronto pago de un comparendo?

La ley contempla un 50% de descuento si pagas dentro de los 5 días hábiles siguientes a la notificación, y un 25% adicional si tomas un curso pedagógico en un organismo de tránsito autorizado, siempre que no seas reincidente.

¿Los comparendos prescriben en Bogotá?

Sí. Las sanciones por infracciones de tránsito prescriben a los tres (3) años contados desde la comisión de la infracción (Ley 769 de 2002, artículo 159, modificado por la Ley 1383 de 2010), aunque el término se puede interrumpir con notificaciones y actuaciones del proceso.

¿Puedo pagar un comparendo con descuento después de 5 días?

No. El descuento del 50% solo aplica dentro de los 5 días hábiles siguientes a la notificación. Pasado ese término, se debe pagar el 100% del valor o el valor con el descuento que resulte de los acuerdos o facilidades que tenga la entidad.

¿Qué pasa si no pago un comparendo en Bogotá?

El comparendo queda registrado en el SIMIT, se generan intereses y puede bloquear trámites como traspasos, paz y salvos o la renovación de la licencia de conducción. Además, el vehículo puede quedar inmovilizado si es retenido con comparendos pendientes.

¿Un comparendo de fotodetección en Bogotá se puede impugnar?

Sí, cuando no fue debidamente notificado o no cumple los requisitos de ley. La notificación y el debido proceso son obligatorios; si no se cumplieron, puedes solicitar la revisión del comparendo ante la autoridad de tránsito dentro de los términos legales.

¿Tienes comparendos pendientes en Bogotá?

Revisamos el estado de tus comparendos en SIMIT, verificamos si aplican descuentos o la prescripción, y te ayudamos a interponer los recursos cuando el comparendo es injusto.

Disclaimer de exención de responsabilidad legal: CIT Consultores Integrales de Tránsito S.A.S. (NIT 902049521-1) es una sociedad comercial privada independiente especializada en servicios de representación, auditoría documental y gestión administrativa bajo la figura del Contrato de Mandato (Art. 2142 del Código Civil). No somos una autoridad de tránsito, no pertenecemos a la Secretaría Distrital de Movilidad (SDM) de Bogotá ni a la Ventanilla Única de Servicios (VUS), y la aprobación final de cada trámite depende del cumplimiento estricto de los requisitos legales vigentes ante el RUNT y el SIMIT.

Nota sobre tiempos de respuesta: Los tiempos de entrega y radicación expresados en este sitio web corresponden a promedios de gestión operativa. CIT no responde por demoras derivadas de caídas en la plataforma RUNT, retrasos en las agendas de atención de la VUS o bloqueos por inconsistencias en las bases de datos de cobro coactivo.

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